Covid-19 desayunos y comidas

IMPLANTACIÓN CERTIFICADO COVID DIGITAL UE EN ESTABLECIMIENTOS, LOCALES Y EVENTOS

Desde el pasado 4 de diciembre de 2021 en la Comunidad Valenciana será obligatorio la presentación del certificado de vacunación, prueba diagnóstica o certificado de recuperación Covid-19 en determinados establecimientos, locales y eventos.

La persona que quiera acceder a estos establecimientos, locales y eventos, tiene que presentar, junto con el documento acreditativo de su identidad, cualquiera de los certificados previstos, en soporte digital o en soporte papel, a las personas designadas para el control de accesos por parte de la persona titular o responsable del establecimiento, quienes realizaran su comprobación.

¿Dónde es obligatorio?

  • Hostelería y restauración, con aforo superior a 50 personas.
  • Ocio y entretenimiento, con aforo superior a 50 personas.
  • Locales de actividades recreativas y de azar, con servicio de restauración.
  • Centros hospitalarios, para visitas (cuando éstas estén permitidas).
  • Residencias de servicios sociales, para las visitas.
  • Eventos, celebraciones y festivales de música con asistencia de más de 500 personas y donde no sea factible el uso de la mascarilla siempre.

Por tanto, de acuerdo a la normativa actual, todos aquellos congresistas que deseen asistir a los desayunos y comidas de trabajo, que tendrán lugar en la sede de QUALICER , deberán presentar alguno de los siguientes certificados:

TIPOS DE CERTIFICADO DISPONIBLES

Existen tres tipos de certificado COVID Digital de la UE. La acreditación digital se recoge en un código QR en el certificado que contendrá la información esencial, así como una firma digital para asegurarse de que el certificado es auténtico.

CERTIFICADO DE VACUNACIÓN

Disponible si ha recibido alguna dosis de las vacunas frente a la COVID-19.

Certificado COVID Digital de vacunación, permite acreditar que la persona ha recibido dosis de las vacunas frente a la COVID aprobadas por la UE.
Podrá emitirse a partir de las 24 horas de la administración de cada una de las dosis.

CERTIFICADO DE DIAGNÓSTICO

Disponible si se ha realizado una PCR para la COVID en las últimas 72 horas o una prueba de antígeno hace 48 horas.

Certificado COVID Digital de Diagnóstico, ofrece la acreditación de que la persona dispone de un resultado negativo de una prueba diagnóstica de COVID, que puede ser PCR o antígeno. La validez de este certificado será de 72h para la prueba PCR y de 48 horas para la prueba de antígeno desde su realización. Para poder acreditarse los resultados de las pruebas de antígenos debe haberse realizado con uno de los kits comerciales aprobados por la UE

CERTIFICADO DE RECUPERACIÓN

Disponible en caso de haber confirmado la COVID-19 con una prueba PCR positiva hace menos de 180 días. El reglamento europeo no admite prueba de antígeno positiva como certificado de recuperación.

Certificado COVID Digital de recuperación, acredita de modo digital, en el código QR que la persona se ha recuperado de la COVID tras haber confirmado su enfermedad mediante una prueba PCR positiva. Este certificado será válido desde el día 11 de la toma de la muestra PCR positiva hasta 180 días después. El reglamento europeo no admite prueba de antígeno positiva como certificado de recuperación. Puede consultar el Reglamento (UE) relativo al CCD de la UE en la siguiente página del Ministerio de Sanidad. Sección: Normativa de la Unión Europea (abre en una nueva ventana)

NOTA:

Estos certificados no serán obligatorios para asistir a las sesiones del congreso donde, en cualquier caso, el uso de la mascarilla será obligatorio.